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Piden modernizar la ley que prohíbe dejar animales sueltos en las rutas

En la ley se expresa la prohibición de dejar animales sueltos en las rutas o arrear hacienda, salvo que se realiza esta actividad por fuera de la calzada.

Desde el bloque de SiemPre se presentó un Proyecto de Ley 13858 para hacer operativos los artículos 25, inciso g) y 48 inciso s) previstos en la ley Nacional de Tránsito 24.449. En dichos artículos, el primero hace referencia a la obligación de los propietarios de inmuebles, colindantes a caminos y rutas, tener alambrado el perímetro del predio para impedir el ingreso de animales a las mismas. Por su parte, el segundo artículo, expresa la prohibición de dejar animales sueltos en las rutas o arrear hacienda, salvo que se realiza esta actividad por fuera de la calzada.

La iniciativa propuesta por los diputados provinciales, Andrés Peressini y Laura Bonotti, aclara que la provincia adhirió a ambos incisos a través de la ley 2448, no obstante considera que su aplicación resulta insuficiente por el gran problema que sigue representando la presencia de animales sueltos en la corredores viales y por la desidia de algunos de sus propietarios al dejarlos libremente cerca de las rutas, ya que pueden ocasionar un siniestro vial.

“La presencia de animales sueltos en la vía pública constituye una falta imputable tanto a propietarios, poseedores o guardadores de animales; a las empresas que tuvieren la concesión de los corredores viales y al organismo que tuviera competencia en el lugar de la infracción; con responsabilidad civil y penal, establecidas por la correspondiente legislación”, indica proyecto.

“Es necesario derogar la ley provincial vigente y sancionar una nueva normativa que cubra los faltantes y las debilidades de la anterior; como las prohibiciones, sanciones, controles de alambrados y señalética que deberán efectuar de manera periódica tanto Vialidad Provincial como su homónima Nacional y hasta incluir dentro de las opciones de posesión final del animal a los propietarios de depósitos privados inscriptos en un nuevo registro, asociaciones protectoras de animales de la provincia y subasta para animales que superen el plazo de 10 días sin ser reclamados por sus propietarios”, expresaron los legisladores de SiemPre.

También el proyecto prevé un sistema y procedimiento para la captura y secuestro de animales que luego serán derivados a depósitos transitorios que pueden ser de carácter público o privado inscripto en el nuevo registro o no, según la disponibilidad de espacio o de terreno. Y en cuanto al decomiso, fija que en caso de poder identificar al propietario de los animales, la autoridad de juzgamiento lo notificará de la captura y de la infracción, intimando a que efectúe su descargo y retire los animales dentro de los dos días de efectuada la exposición.

“Las multas pueden variar entre un monto mínimo equivalente a los 100 litros de nafta súper y un valor máximo de 10.000 litros de nafta súper según el tamaño del animal, pudiendo aumentar por reincidencia y para las empresas concesionarias de peaje que no realicen las acciones necesarias a fin de evitar la presencia de animales sueltos en rutas o banquinas concesionadas, las sanciones serán con multa en efectivo de hasta quince remuneraciones mensuales, mínimas, vital y móvil, por cada cabeza de ganado”; argumenta el proyecto de ley.

Se establecen los gastos de manutención que la autoridad de aplicación abonará al depositario particular que no sea el propietario, poseedor o guardador de los animales; las que serán por tipo de animal y actualizables automáticamente.

A la vez, el proyecto incorpora un proceso de fiscalización que realizarán los jueces de paz cuando la infracción se efectivice fuera de los ejidos urbanos o a través de los juzgados de falta cuando la inconducta se encuentre dentro de la jurisdicción en la cual es competente. Y se aclara que los municipios que tengan jueces municipales de Faltas podrán delegar en el Poder Judicial la función jurisdiccional en la materia, la que será desempeñada por los respectivos jueces de Paz.

“El responsable o dueño, según el grado de descuido, negligencia o lesiones que ocasionen el animal suelto en el siniestro vial, también tendrá responsabilidades civiles como penales o podrá ser sometido a un proceso judicial”, afirmaron los diputados provinciales de SiemPre.

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